Lic. José Miguel Martínez
Aún en los países desarrollados, las mejores leyes se vuelven inútiles sin un efectivo control social y una firme participación ciudadana; ya que estos, son medios fundamentales para hacerlas cumplir.
En este orden de ideas, nuestro sistema judicial es ideal, establece las instituciones y mecanismos legales, que garanticen la materialización y aplicación de las leyes de manera equitativa y eficiente, considerando una efectiva participación social, como la máxima expresión del cumplimiento de un deber, derivado del derecho a la información, que tienen las ciudadanas y ciudadanos venezolanos, consagrado en el texto constitucional, en su artículo 62.
Ahora bien, sin lugar a dudas, la vigente Ley Orgánica del Poder Público Municipal, ha traído consigo una serie de cambios trascendentales, al incorporar en su texto una nueva visión y misión de justicia social, conduciéndonos con especial relevancia a los nuevos proyectos en beneficio de la colectividad. A tal efecto, me permito hacerles algunas definiciones acerca de tan importante rol: “Un Ciudadano Participativo y Democrático”.
¿En qué consiste la Participación Ciudadana?
La Participación Ciudadana es definida como el derecho de los ciudadanos de intervenir en la:
o Vigilancia,
o seguimiento y
o monitoreo de la Gestión Pública; a fin de verificar los principios constitucionales de transparencia, equidad, eficacia y eficiencia, de manera de prevenir actos de corrupción y generar un proceso de control.
Medios de participación del Pueblo.
De conformidad con el artículo 261 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, entre otros, son medios de participación:
1. Cabildos abiertos.
2. Asambleas ciudadanas.
3. Consultas públicas.
4. Iniciativa popular.
5. Presupuesto participativo.
6. Control social.
7. Referendos.
8. Iniciativa legislativa.
9. Medios de comunicación social alternativos.
10.Instancias de atención ciudadana.
11.Autogestión.
12.Cogestión.
¿Qué es el Control Social?
Es el derecho y el deber Constitucional y legal que tienen los ciudadanos, para ejercer el seguimiento, monitoreo y control de la administración pública; así como para prevenir y combatir la corrupción, asegurar la transparencia y proteger el Patrimonio Público. En ese, puede definirse la participación ciudadana como un derecho constitucional.
¿En qué consiste la Contraloría Social?
Es un mecanismo de participación ciudadana, que parte de la conciencia de responsabilidad respecto a los asuntos públicos, y realiza actividades de vigilancia y control social, para coadyuvar a la eficiencia y transparencia de la gestión pública y prevenir y combatir la corrupción en nuestro país.
Fundamentos Legales.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
Conformación de la Contraloría Social.
La Contraloría Social está conformada por personas naturales, seleccionadas por la comunidad mediante asambleas de ciudadanos. Los procedimientos para la conformación de la Contraloría Social son:
Selección de sus Directivos y capacitación para el cumplimiento de sus funciones.
La Directiva estará integrada por 3, 5 o 7 miembros.
Dotación de una organización básica para su funcionamiento: definición de la estructura, objeto, funciones, actividades, responsables, etc., en base de los criterios de flexibilidad, eficiencia, participación y responsabilidad compartida.
¿Como constituir una Contraloría Social?
1. Convocar a una Asamblea General de vecinos de la Parroquia o sector.
2. Cumplir con los requisitos para ser electo miembro.
3. Elegir por votación, libre, universal, directa, secreta y uninominal a los miembros de la Contraloría Social, los cuales pueden ser 3, 5 o 7, y sus respectivos suplentes.
4. Revestirla de personalidad de jurídica, formando una asociación civil con todas las personas que participaron en la Asamblea.
5. Redactar los estatutos.
6. Y ALTERNATIVAMENTE, la acreditación por medio de una Resolución emanada del Contralor General de la República.
Requisitos para ser miembro de las Contralorías Sociales.
1. Ser mayor de edad.
2. Reconocida solvencia moral.
3. Tener “Vocación de Servicio”.
4. No poseer vinculación laboral o contractual con el Municipio.
5. Vivir en el ámbito territorial de elección.
6. Honestidad, solidaridad y responsabilidad.
¿Cómo organizar una Contraloría Social?
1. Registrarse, ante la Sala Técnica del Consejo Local de Planificación y la Contraloría Municipal.
2. Identificarse frente a la comunidad y dar conocer los integrantes de la misma y sus suplentes, los objetivos que persiguen, el alcance de su desempeño, y la duración estimada de sus funciones.
3. Establecer los principios rectores de las acciones.
4. Llevar un libro de actas.
¡Ciudadano Incorpórate!